Última actualización: 15/07/2024

Descripción

  • Referencia
    45533
  • Descripción

    Las empresas que desplacen a sus personas trabajadoras por un periodo igual o superior a ocho días desde el extranjero a la Comunidad de Madrid, en el marco de una prestación de servicios transnacional, deben comunicarlo antes del comienzo de la actividad a la autoridad laboral.

Destinatarios

  1. Empresas que desplacen a su personal desde el extranjero a la Comunidad de Madrid para desarrollar su actividad profesional:
    1. En ejecución de un contrato celebrado entre la misma y el destinatario de la prestación de servicios, que esté establecido o que ejerza su actividad en España. 
    2. En un centro de trabajo de la propia empresa o de otra empresa del grupo del que forme parte.
  2. Empresas de trabajo temporal que desplacen personal desde el extranjero a la Comunidad de Madrid, para su puesta a disposición de una empresa usuaria que esté establecida o que ejerza su actividad en España.

Requisitos

  1. Prestar los servicios para una empresa establecida o que desarrolla sus actividades en la Comunidad de Madrid.
  2. Comunicar el desplazamiento sólo si es por un periodo igual o superior a ocho días, excepto las empresas de trabajo temporal que deben comunicarlo en todo caso.
  3. Indicar en la comunicación:
    1. La persona representante designada como enlace con las autoridades competentes españolas.
    2. La persona representante designada para actuar en los procedimientos de información, consulta y negociación de las personas trabajadoras desplazadas a España.
    3. Los datos de la empresa para la que prestarán el servicio, el centro de trabajo y los servicios a desarrollar.
    4. El número de inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas (REA) si la empresa pertenece al sector de la construcción.
    5. Los datos del personal desplazado.
  4. Cumplimentar el formulario en idioma castellano.
  5. La documentación aportada debe presentarse en su lengua original y traducida al castellano.

Documentación a presentar

Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso al formulario.

Documentos a aportar junto a la solicitud, si es una empresa de trabajo temporal:

  1. Acreditación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación de su Estado de establecimiento para poner a disposición de otra empresa usuaria, con carácter temporal, personas trabajadoras por ella contratadas.
  2. Aportación de las necesidades temporales de la empresa usuaria que se trate de satisfacer, indicando el supuesto correspondiente a los previstos en el artículo 6 de la Ley 14/1994, de 1 de junio, que regulan las empresas de trabajo temporal.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

Tramitación

La comunicación de traslado transnacional se dirigirá a la Dirección General de Trabajo. Si la comunicación cumpliera todos los requisitos establecidos se pondrá en conocimiento de la Inspección de Trabajo y de la Agencia Estatal Tributaria.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General de Trabajo

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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