Descripción
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Referencia77695
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Descripción
Las instalaciones afectadas por el Real Decreto 117/2003 de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de Compuestos Orgánicos Volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades deben facilitar los datos necesarios que permitan comprobar el cumplimiento de las obligaciones aplicables, concretamente las de limitación de las emisiones.
Esta información debe presentarse con una periodicidad anual, dentro del primer trimestre del año siguiente al que se refieren los datos. -
TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Instalaciones (empresas) con obligaciones respecto al Real Decreto 117/2003 o sus representantes.
Documentación a presentar
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Plan de gestión de disolventes.
- Plantilla seguimiento de consumos.
- Albaranes (o facturas) de compra de disolventes.
- Documentación de retirada de residuos con disolventes.
- Certificados de contenido en disolventes de los residuos generados.
- Informes de los controles externos de un Organismo de Control Autorizado o internos.
- Fichas de datos de seguridad.
- Otros.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
- El Plan de Gestión de Disolventes es un balance de masas que permite calcular las emisiones difusas, cálculo que es difícil realizar de otra forma. Deben realizarlo aquellas instalaciones que lleven a cabo una actividad incluida en el Anexo I del Real Decreto 117/2003 y superen los umbrales de consumo establecidos en el Anexo II de este Real Decreto.
- El anexo IV del Real Decreto117/2003, de 31 de enero, recoge una serie de orientaciones sobre la realización de un plan de gestión de disolventes.
- En el apartado “Gestión”/Impresos” de esta página se encuentran disponibles los formatos correspondientes a cada una de las actividades.
- Para la actividad de limpieza en seco (tintorerías), el Área de Calidad Atmosférica de la Comunidad de Madrid ha creado un formato específico, disponible en el apartado “Gestión”/Impresos” de esta página.
- Deberán realizar un seguimiento de los consumos de disolventes aquellas actividades que así lo establezca su Autorización o Resolución de admisión de notificación como APCA, o bien aquellas que habiendo estado afectadas por el Real Decreto 117/2003 disminuyan su consumo de disolventes sin superar los umbrales del anexo II del Real Decreto 117/2003 deberán realizar un seguimiento de los consumos de disolvente.
- En el apartado TRAMITAR de esta página se encuentra disponible una herramienta para el cálculo del consumo de disolventes (Cálculo de la corriente I1 ).
Normativa
- Resolución de 3 de marzo de 2017, del Director General del Medio Ambiente, por la que se publica el modelo telemático de solicitud de presentación de la información anual del Plan de Gestión de Disolventes (BOCM nº 59, de 10 de marzo)
- Resolución Modelos Telemáticos.
- Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades.
- Real Decreto 227/2006, de 24 de febrero, por el que se complementa el régimen jurídico sobre la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles en determinadas pinturas y barnices y en productos de renovación del acabado de vehículos, se incorpora al derecho interno la Directiva 2004/42/CE, de 21 de abril de 2004.
- Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
- Real Decreto 795/2010, de 16 de junio, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan. (modificación puntual).
- Orden 144/2007, de 6 de febrero, por el que se regula la notificación previa y se crea el registro de instalaciones emisoras de compuestos orgánicos, se crea el Registro de Instalaciones Emisoras de Compuestos Orgánicos Volátiles (RIECOV).
Órgano Responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).