Descripción
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Referencia91024
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Descripción
Subvenciones a entidades del Tercer Sector de Acción Social, de carácter social o discapacidad para compensar los gastos ocasionados como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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15/01/2021Subvenciones concedidas
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 09/12/2020 Fecha de fin: 15/12/2020
Requisitos
Entidades del Tercer Sector de Acción Social definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, que:
- Para la línea 1, entidades cuyo objeto social esté destinado a la atención de personas en situación de vulnerabilidad o exclusión social.
- Para la línea 2, entidades cuyo objeto social esté destinado a la atención de personas con discapacidad y/o enfermedad mental y sus familiares.
Las entidades solo podrán ser beneficiarias en una de las dos líneas.
Se podrán consultar los requisitos que deberán cumplir las entidades beneficiarias en el apartado documentación de interés.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Líneas de Ayuda
- Línea 1: destinada a ayudar a entidades prestadoras de servicios sociales dirigidos a la atención de personas en situación de vulnerabilidad o exclusión social.
- Línea 2: destinada a entidades prestadoras de servicios sociales dirigidos a la atención de personas con discapacidad y/o enfermedad mental y sus familiares.
Período subvencionable
Los gastos subvencionables deberán haberse realizado en el período comprendido entre el 14 de marzo del 2020 hasta el momento de presentación de la solicitud.
Documentación de interés
Tramitación
Normativa
- Orden 1736/2020, de 2 de diciembre, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para el procedimiento de concesión directa de ayudas a entidades de carácter social y discapacidad para compensar los gastos ocasionados como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al presupuesto de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 296, de 4 de diciembre).
- Acuerdo de 2 de diciembre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas destinadas a prestar apoyo financiero a las entidades del Tercer Sector de Acción Social madrileñas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y/o enfermedad mental o en situación de vulnerabilidad o exclusión social afectadas por la crisis sanitaria de la COVID-19 (BOCM nº 296, de 4 de diciembre).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).