Descripción
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Referencia89008
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Descripción
Procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y/o de vías no formales de formación en las cualificaciones profesionales de transporte sanitario y atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes.
En el Anexo I se identifican las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales convocadas y los certificados de profesionalidad y títulos de formación profesional en los que están comprendidas.
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TasaRequiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
Requisitos
- Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia, o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
- Tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción.
- Tener experiencia laboral y/o formación no formal relacionada con las cualificaciones profesionales convocadas:
- En el caso de experiencia laboral. Se deberán justificar, al menos, 3 años de experiencia laboral, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de la publicación de la convocatoria.
- En el caso de formación no formal. Se deberán justificar, al menos, 300 horas en los últimos 10 años transcurridos antes de la publicación de la convocatoria.
- Las personas mayores de 25 años que reúnan los requisitos de experiencia laboral y/o formación no formal y no los puedan justificar podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento, indicándolo de manera expresa mediante escrito adjunto a su solicitud, debiendo presentar justificación mediante alguna prueba admitida en derecho o declaración jurada, según lo establecido en el artículo 11, apartado 2, del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
- Para estudiar estos casos se designará a los asesores necesarios, que emitirán un informe sobre la conveniencia o no de la participación del aspirante en el procedimiento. Si el informe es positivo se procederá a la inscripción definitiva.
- No podrán participar en el procedimiento las personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
- Estar en posesión de un título de formación profesional, de un certificado de profesionalidad o de una acreditación parcial acumulable de la unidad o unidades de competencia de las cualificaciones profesionales en las que solicita su participación.
- Estar participando en otra convocatoria de acreditación de competencias profesionales en las cualificaciones profesionales en las que solicita su participación, salvo que demuestren que han sido inadmitidos, excluidos o han presentado renuncia expresa a participar en dicha convocatoria.
- Serán excluidas del procedimiento las personas que se encuentren en alguna de las situaciones indicadas, a partir del momento en que se tenga conocimiento de las circunstancias señaladas, salvo causa debidamente justificada.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Plazas convocadas
- Se convocan 1.200 plazas, distribuidas de la siguiente manera:
- Transporte sanitario: 600 plazas.
- Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes: 600 plazas.
- En caso de que con las solicitudes presentadas no se cubriese el número de plazas convocadas en una de las cualificaciones profesionales, las plazas no cubiertas se podrán acumular a la otra cualificación.
- Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el número de plazas convocadas podrá ser ampliado mediante resolución de la directora general de Formación, en función del número de participantes admitidos.
- La distribución y ampliación de plazas, en su caso, será objeto de publicación en la página web de la Comunidad de Madrid y en los tablones de anuncios de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad.
- Para la participación en el procedimiento de los candidatos admitidos se podrá establecer un orden de llamamientos. La resolución por la que se aprueban los listados definitivos de personas admitidas en cada una de las cualificaciones profesionales convocadas establecerá, en su caso, el orden de participación, según los criterios establecidos.
Criterios de baremación
Podrás consultarlo en la sección Documentación de interés.
Tasas
La liquidación de las tasas o acreditación de la exención y/o bonificación se realizará una vez publicados los listados definitivos de personas admitidas en el procedimiento.
En el caso de participar en el procedimiento en las dos cualificaciones profesionales convocadas, la fase de evaluación correspondiente a la unidad de competencia UC0072_2 “Aplicar técnicas de apoyo psicológico y social en situaciones de crisis”, transversal a ambas cualificaciones, se abonará una única vez.
El plazo para abonar las tasas o acreditar su exención y/o bonificación será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución por la que se aprueban los listados definitivos de personas admitidas en cada una de las cualificaciones profesionales convocadas.
Documentación de interés
Normativa
- Corrección de errores de la Orden de 7 de febrero de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se convoca procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales en las cualificaciones profesionales de transporte sanitario y atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes en el ámbito de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 50, de 28 de febrero)
- Orden de 7 de febrero de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se convoca procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales en las cualificaciones profesionales de transporte sanitario y atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes en el ámbito de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 48, de 26 de febrero).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).