Descripción
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Referencia91237
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Descripción
Solicitud para concesión de nuevas plantaciones de viñedo.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 15/01/2024 Fecha de fin: 29/02/2024
Requisitos
Todas las personas físicas y jurídicas que cumplan con los requisitos de admisibilidad recogidas en el artículo 8 del Real Decreto 1338/2018 de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola, y que quieran obtener la concesión de plantación de nueva superficie de viñedo en la Comunidad de Madrid.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Anexo I (firma de propietario/s de las parcelas en caso de no ser la misma persona que el viticultor).
- Anexo II (Rellenar Anexo II con las parcelas para las que se solicita nueva Plantación de Viñedo).
- Documento público o privado, que acredite la potestad del representante legal para actuar en nombre de la persona jurídica. Escritura, poder judicial, estatutos, reglamento interno, etc.
- Documentación acreditativa de ser cultivador de la superficie agraria en la que solicita plantar
- En caso necesario, consentimiento del propietario de la parcela para ejercer la plantación.
- En caso de plantación parcial, plano SIGPAC de los recintos, indicando los límites del área solicitada (croquis).
- En caso de personas jurídicas, para ser considerado joven nuevo viticultor, documentación que acredite el porcentaje de participación de cada uno de los miembros que lo componen.
- Documento acreditativo de jefe de explotación para verificación del cumplimiento del criterio prioritario de ser joven nuevo viticultor.
- Otra documentación.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Fotocopia del DNI / NIE del solicitante.
- Fotocopia del DNI / NIE del representante legal.
- Inscripción en el REGEPA.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Normativa
- Resolución de 5 de diciembre de 2018, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establecen los períodos de presentación de solicitudes de arranque de viñedo, autorizaciones para nuevas plantaciones de viñedo, conversión de derechos de plantación en autorizaciones, nuevas plantaciones y/o modificaciones del registro vitícola de la Comunidad de Madrid así como nuevos requisitos en las solicitudes de arranque de viñedo (BOCM nº 307, de 26 de diciembre)
- Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola (BOE nº 262, de 30 de octubre).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).