Descripción
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Referencia70851
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Descripción
Solicitud de participación en la prueba de aptitud que deben superar los nuevos cazadores, relativa a la legislación cinegética, conocimiento de las especies que se puedan cazar, modalidades de caza y normas de seguridad en las cacerías.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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14/12/2022Las fechas y horas para la realización de pruebas para el año 2023 serán los siguientes
- Miércoles, 11 de enero convocatoria a las 15:15 h.
- Sábado, 11 de febrero convocatoria a las 9:15 h.
- Miércoles, 8 de marzo convocatoria a las 15:15 h.
- Sábado, 15 de abril convocatoria a las 9:15 h.
- Miércoles, 10 de mayo convocatoria a las 15:15 h.
- Sábado, 10 de junio convocatoria a las 9:15 h.
- Miércoles, 12 de julio convocatoria a las 15:15 h.
- Sábado, 16 de septiembre convocatoria a las 9:15 h.
- Miércoles, 4 de octubre convocatoria a las 15:15 h.
- Sábado, 18 de noviembre convocatoria a las 9:15 h.
- Miércoles, 13 de diciembre convocatoria a las 15:15 h.
Requisitos
- Mayores de 14 años que dispongan de NIF en vigor.
- No hallarse inhabilitado para el ejercicio de la caza por sentencia judicial firme o resolución administrativa sancionadora firme.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
- Los cursos se realizarán, por la propia Administración o por entidades homologadas, al menos, dos veces al año. En la resolución de convocatoria se indicarán las fechas, lugares, entidades que lo imparten y el modo en que se realizará el curso, que serán publicados en la página web www.comunidad.madrid
- Para obtener la calificación de “apto” es necesario responder correctamente al menos 15 preguntas de la parte teórica y 8 de la parte práctica logrando así al menos el 76 % de las preguntas de dicha prueba de conocimientos adquiridos.
- La Dirección General competente en materia de caza elaborará al final del curso el listado de personas que hayan participado en el mismo, reflejando los “aptos” y “no aptos” se publicará en la página web www.comunidad.madrid
Documentación de interés
Tramitación
- Los alumnos que superen el examen obtendrán a la finalización del mismo el certificado de aptitud.
- Aquellos que no superen la prueba tendrán oportunidad de repetir el curso o solamente realizar el examen en alguna de las siguientes convocatorias previstas.
Normativa
- Orden 862/2015, de 21 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que, en desarrollo del Decreto 23/2015, de 23 de abril, del Consejo de Gobierno, se regula el curso de cazador (BOCM nº 128, de 1 de junio)
- Decreto 23/2015, de 23 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el procedimiento para la expedición de licencias de caza y pesca en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 96, de 24 de abril)
- Resolución de 10 de diciembre de 2009, del Director General del Medio Ambiente, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 308, de 29 de diciembre)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).