Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Documentación
Documentación acreditativa que consideres necesaria para el reconocimiento de trienios.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Ámbito de aplicación
La presente disposición será de aplicación al personal funcionario interino de Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia que a partir de la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, tuviera dicha relación funcionarial en el ámbito competencial de la Comunidad de Madrid.
Procedimiento de reconocimiento de trienios de oficio
El reconocimiento de trienios, actuales y sucesivos, del personal de Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia se efectuará, en todo caso, previa solicitud del interesado, en la que se relacionarán los servicios efectivamente prestados en las Administraciones Públicas.
Normativa
- Orden de 15 de julio de 2009, por la que se regula el procedimiento de reconocimiento de trienios al personal funcionario interino de Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 188, de 10 de agosto).
Órgano responsable
- Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
- Viceconsejería de Justicia y Víctimas
- Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
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