Última actualización: 18/10/2024

Descripción

  • Referencia
    13109
  • Descripción

    Las actividades científicas y técnicas de carácter extraordinario organizadas por entidades públicas o privadas pueden ser declaradas de interés sanitario y/o social, previa solicitud a la Dirección General competente en formación y acreditación docente sanitaria con tres meses de antelación a su celebración.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Destinatarios

Entidades con carácter público o privado legalmente constituidas con personalidad jurídica, que vayan a realizar un acto de carácter científico y/os social en la Comunidad de Madrid.

Requisitos

  1. Tener por objeto la difusión, expansión, promoción de conocimientos o técnicas relacionadas con las ciencias de la salud y los servicios sociales.
  2. Solicitar la declaración exclusivamente para actividades científicas y técnicas que vayan a realizar en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
  3. Presentar la solicitud dirigida a la Dirección General competente en formación y acreditación docente sanitaria, con tres meses de antelación a la fecha prevista para el comienzo de la actividad, indicando lugar y fecha de celebración.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Documento acreditativo de su constitución para las Entidades de carácter privado (solo en la primera solicitud).

  2. Junta directiva de la Entidad.

  3. Número de socios o miembros que la integran.

  4. Publicaciones que edita.

  5. Actividades científicas organizadas y/o declaradas o no de interés sanitario de los tres últimos años.

  6. Programa científico-técnico de la actividad.

  7. Comité Científico o Dirección Técnica.

  8. Currículum profesional del responsable de la actividad.

  9. Presupuesto económico detallado, con expresión de la cuota de inscripción establecida.

  10. Fuentes de financiación y patrocinadores de la actividad.

  11. Destinatarios, finalidad y objetivos perseguidos por la actividad.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Tramitación

Tras recibir la solicitud, se convoca reunión de la Comisión de Reconocimiento de Interés Sanitario donde se decide la resolución o un requerimiento al solicitante.

La Comisión se reúne cada tres semanas, excepto en verano.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Un mes

Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Sanidad
Viceconsejería de Sanidad
Dirección General de Investigación y Docencia

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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