Última actualización: 04/03/2024

Descripción

  • Referencia
    I24
  • Descripción

    Las empresas inscritas en el Registro del Juego están obligadas a comunicar la ubicación de los almacenes de la operadora. Debe comunicarse el alta y baja de los almacenes para su inscripción en el registro.

    • Tasa
      No requiere el pago de tasas

    Destinatarios

    Empresas cuya actividad esté relacionada con la organización o explotación de juegos y apuestas, así como con la fabricación, reparación, intermediación en el comercio o explotación de material de juego.

    Requisitos

    1. Estar inscrita en el Registro del Juego.
    2. Comunicar el alta o baja de los almacenes en el momento en que se produzca dicha circunstancia.

      Documentación a presentar

      1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
      2. Documentos a aportar junto a la solicitud:
        • Copia simple de los poderes de representación otorgados, o acreditación de la representación de la empresa solicitante para contraer obligaciones en su nombre, en su caso.

      Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

        Presentación de solicitudes

        La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

        Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

        1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
        2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
        3. Selecciona una de estas dos opciones:
          1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
          2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
        4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

        Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

        Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

        • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
        • consultar su estado de tramitación.

        En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

        Información Complementaria

        Para consultas sobre este trámite, contacta a través de los siguientes medios:

        • Dirigiéndote a la C/ Ventura Rodríguez, 7, segunda planta. 28008 Madrid.
        • Teléfono: 91 580 30 89.

        Tramitación

        Una vez presentada la comunicación, se analizará su contenido y se tomará razón de la misma.

        Normativa

        Órgano responsable

        Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
        Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
        Dirección General de Suelo

        El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

        ¿Te ha resultado útil esta información?

        Ayúdanos a mejorar.

        Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar