Información y documentación
Información
-
TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Empresas o establecimientos de fabricación, comercialización, logística, distribución, importación paralela, importación y exportación de productos fitosanitarios y para empresas que prestan servicios de aplicación de fitosanitarios.
Requisitos
- Ejercer actividades relacionadas con el uso de medios de defensa fitosanitaria.
- Tener domicilio legal en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Memoria Técnica (Anexo)
- Documentación que debe acompañar a la Memoria:
- Documento de representación o apoderamiento, en caso de actuar por medio de un representante
- Contrato con un gestor de residuos autorizado
En caso de Sector Suministros de medios de defensa fitosanitaria:
- Copia del título del técnico con titulación universitaria habilitante (ambas caras).
- Documento de relación contractual entre el técnico con titulación universitaria habilitante y el establecimiento.
- Nº y tipos de vehículos empleados en la logística.
En caso de Sector de tratamientos fitosanitarios:
- Documento de relación contractual entre el Asesor y la empresa de tratamientos.
- Copia de los certificados de inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola o de las revisiones periódicas obligatorias.
- Modelo de contrato de aplicación de productos fitosanitarios.
- Modelo de parte de tratamientos.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- CIF de la empresa solicitante.
- NIF o NIE del Solicitante.
- NIF o NIE del representante.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite dispones del correo electrónico: sanidad.vegetal@madrid.org
Normativa
- Real Decreto 285/2021, de 20 de abril, por el que se establecen las condiciones de almacenamiento, comercialización, importación o exportación, control oficial y autorización de ensayos con productos fitosanitarios, y se modifica el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios (BOE nº 111, de 10 de mayo).
- Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios (BOE nº 223, de 15 de septiembre).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente y Agricultura
- D. G. de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Al recibir la solicitud, si detectamos que faltan datos o que no está acompañada de la documentación requerida, te pediremos que subsanes en el plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos). Si no lo haces, entenderemos que desistes de tu solicitud, y así lo indicaremos en la resolución.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud