Descripción

  • Referencia
    A159
  • Descripción

    Ayudas para la realización de programas de actividades entre grupos de investigación de la Comunidad de Madrid en Biomedicina.

    Con los objetivos de:

    1. Desarrollar programas de investigación multidisciplinar e interinstitucional en biomedicina en la Comunidad de Madrid en colaboración con empresas y/o entidades sin ánimo de lucro relacionadas.
    2. Atraer y retener talento investigador mediante la incorporación de jóvenes investigadores y científicos de prestigio a grupos de investigación de la Comunidad de Madrid.
    3. Favorecer la participación activa en redes y consorcios internacionales.

     

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Destinatarios

Las siguientes entidades dedicadas a la investigación cuya actividad se desarrolle en la Comunidad de Madrid:

  • Universidades
  • Hospitales públicos de la red hospitalaria de Madrid
  • Organismos públicos de investigación
  • Fundaciones

Requisitos

  1. El contenido del programa de actividades de I+D se debe adecuar a los objetivos y/o líneas prioritarias de la convocatoria.

  2. Los investigadores responsables de los grupos de investigación tienen que tener el grado de doctor y vinculación profesional permanente con el organismo sede del grupo de investigación, encontrándose en servicio activo y con dedicación completa.

  3. Uno de los grupos de investigación ejercerá la función de coordinador y su investigador principal ejercerá la función de responsable frente a la Comunidad de Madrid del programa científico y de la gestión administrativa

  4. Deben solicitar al menos tres grupos de investigación, de al menos dos organismos diferentes. Al menos uno de los grupos debe pertenecer a alguna de las universidades de Madrid

  5. Ningún grupo de investigación, ni investigador individual, podrá participar en más de una propuesta de financiación de programa con cargo a cada convocatoria ni al resto de convocatorias vigentes de ayudas a programas de actividades de I+D entre grupos de investigación de la Comunidad de Madrid.

Documentación a presentar

Aviso importante

Antes de presentar la solicitud, pulsa TRAMITAR y accede al espacio de tramitación para elaborar los siguientes documentos en la aplicación:

  1. Impreso de solicitud 1229F3.
  2. Un impreso 1229FA2 por cada organismo beneficiario, distinto del coordinador.
  3. Memoria del Programa de actividades de I+D, parte I (programa científico común a cuatro años con objetivos verificables).
  4. Currículos de los investigadores responsables de los grupos participantes e información de otras entidades asociadas que vayan a colaborar con el programa.
  5. Memoria del Programa de actividades de I+D, parte II.

La aplicación generará en PDF los impresos y las dos carátulas acreditativas de la presentación de las memorias. 

 

Documentación a presentar

  1. Solicitud (Impreso 1229F3). Se firmará por el responsable legal del organismo coordinador al realizar la presentación por el Registro Electrónico.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud, firmados previamente:

  1. Un Impreso 1229FA2 firmado por cada organismo beneficiario, distinto del coordinador.

  2. Carátulas acreditativas de haber presentado en la aplicación quadrivium el programa científico y el programa de actividades de I+D parte 2 (firmadas por el investigador coordinador).

     Los documentos deben ir en un fichero comprimido ya que el servidor admite un tamaño reducido.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
     

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
  3. Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren), así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Documentación de interés

Preguntas Frecuentes Biomedicina 2022
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Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Seis meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 38/2003, de 17 de noviembre  , General de Subvenciones.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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